Qué puede hacer la Sección Consular por usted:
- Permitir la utilización de la dirección postal de la oficina Consular para la recepción de correspondencia privada.
- Orientarlo en materia de asistencia jurídica, notarial, etc.
- Asistir a personas accidentadas.
- Otorgar Pasaportes
- Informar a parientes o personas allegadas sobre accidentes o fallecimientos, catástrofes y, brindarles asesoramiento.
- Interesarse por los connacionales detenidos o en prisión y, bajo ciertas circunstancias y transmitir mensajes a familiares.
- Asegurarse de que los ciudadanos argentinos cuenten con una adecuada defensa en juicio por parte de las autoridades filipinas.
- Solicitar a las autoridades locales el paradero de personas a las autoridades locales.
- Expedir venias de viaje a menores con el consentimiento de los titulares de la patria potestad
- Atender los intereses de los connacionales en cuestiones de sucesión por causa de muerte.
- Procurar comunicarse con familiares o allegados para informarles de su situación y necesidades.
- Velar por los intereses de argentinos menores o incapaces, particularmente en lo referido a la institución de la tutela o curatela.
- Autorizar actos que competen a los Escribanos Públicos, especialmente legalizaciones y poderes.
- Realizar opción de Nacionalidad de menores residentes en el exterior.
Qué NO puede hacer la Sección Consular por usted:
- Ser parte en procesos judiciales u obtener su eximición de prisión.
- Proporcionar asesoramiento legal o impulsar procesos judiciales en su nombre.
- Procurarle un tratamiento diferenciado del que se brinda a los nacionales del país en hospitales o prisiones.
- Realizar tareas que correspondan a agencias de viaje, aerolíneas, traductores, bancos y otras empresas de servicios.
- Proporcionarle pasajes o medios para regresar a la República, o continuar viaje a otro punto, excepto en casos muy excepcionales de repatriación. El servicio consular no abarca repatrios de restos humanos de ciudadanos argentinos fallecidos.
- Proporcionarle dinero o hacerse cargo del pago de sus cuentas (facturas hoteleras, legales, médicas o de cualquier otro tipo).
- Gestionarle alojamiento, residencia, trabajo, visas extranjeras, ni permisos de trabajo, como tampoco constituirse en su garante o fiador.